Primeros pasos como autonomo

Escrito por HM Asesores

1 octubre 2024

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Comenzar la andadura como autónomo resulta todo un reto. Por este motivo y desde nuestra asesoria online de confianza queremos darte algunos tips para que sepas lo que debes hacer cuando decides adentrarte en esta andadura.

Darse de alta en autónomos:

Una vez tenemos nuestro certificado digital, tenemos que llevar a cabo dos altas en este orden:

1. Alta en Hacienda

https://www.agenciatributaria.es/  Sede electrónica / Trámites destacados: Presentar y consultar declaraciones / Cumplimentación y presentación telemática 036 ó 037. En principio, sólo para el alta nos servirán los dos modelos. Encontraréis que el 036 tiene más información que el 037. A partir de aquí iremos rellenando los campos necesarios para el alta en actividad:
Página 1. Casilla 111: Alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
Página 2 A: Si somos residentes fiscales en España, en el primer apartado marcaremos:
Si. Art. 9.1 LIRPF.
Indicamos los datos personales de Nombre, apellidos, DNI, domicilio fiscal en España.
Página 4: A) Actividad. Marcaremos el Grupo o epígrafe / Sección AIE en la casilla 402.
El listado de epígrafes del IAE lo tenéis aquí.

B) Lugar de realización de la actividad. Si trabajamos desde casa, o tenemos un local alquilado para ello, es muy importante que indiquemos la dirección y el porcentaje de metros que destinamos a nuestro trabajo. En base a esto, podremos después deducirnos los gastos de alquiler, hipoteca, luz, agua, gas…
Página 5: Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Apartado B) Inicio de actividad:
Marcaremos un aspa en la casilla 504 y la fecha de alta en la casilla 505.

C) Regímenes aplicables. Por lo general marcaremos la casilla 510 en “alta”, en la 511 el Epígrafe que habíamos indicado en la casilla 402 de la página 4, y en la casilla 512, una vez más, la fecha de alta.

Página 7: Es muy frecuente que a la hora de colaborar con otros autónomos veamos en sus facturas que aplican un porcentaje de retención por el IRPF. En caso de ser así, estaremos obligados a presentar declaraciones trimestrales del modelo 111 pagando a Hacienda el importe que estos colaboradores restan de sus facturas. En estos casos, debemos marcar la “x” de alta en la página 7, en el apartado
“Obligación de realizar retenciones o ingresos a cuenta sobre rendimientos de actividades profesionales, agrícolas, ganaderas, forestales u otras actividades económicas, premios, determinadas imputaciones de renta o determinadas ganancias patrimoniales (modelo 111)”, y por supuesto la fecha de alta. Llegados a este punto, sólo nos faltaría enviar y firmar el modelo. Elegiremos nuestro certificado electrónico, firmamos, y se descarga un pdf con el archivo. Es importante guardarlo, pues es posible que nos lo pidan a la hora de trabajar con algunas empresas.

2. Alta en la Seguridad Social.

Una vez tengamos nuestro modelo 036/037 de alta en Hacienda, procederemos al alta en la Seguridad Social. Entraremos en https://sede.seg-social.gob.es; Ciudadanos / Afiliación e inscripción / Alta en RETA / Certificado digital (o el método de identificación que tengamos).
A partir de aquí, nos preguntarán:
– Datos personales (Nombre y apellidos, DNI, teléfono móvil, email, dirección postal)
– Código de actividades económicas y su correspondiente CNAE. Podéis encontrar las equivalencias aquí.
– Base de cotización. Para optar a la Tarifa plana de las cuotas de autónomos, es necesario que marquéis la mínima.
– Si queremos cubrirnos por: Incapacidad Temporal Derivada de Contingencias Comunes, Accidentes de Trabajo y EnfermedadesProfesionales, Cese de la actividad.
– La mutua de accidentes a la que queremos pertenecer. Es libre elegir del menú desplegable la que más nos guste.
– Cuenta corriente (IBAN) donde domiciliar las cuotas de autónomos, que nos cargarán en cuenta el 30 de cada mes.

Una vez rellenos todos los campos, confirmaremos y obtendremos otro documento de alta en Seguridad Social. También os recomiendo guardar copia.

A partir de aquí, ya sois autónomos. ¡Enhorabuena!

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