Tarifa plana autónomos: Requisitos, importe y solicitud.

Escrito por HM Asesores

25 abril 2024

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¿Qué es la tarifa plana?

Como sabes, al darte de alta como autónomo o trabajador por cuenta propia, tienes que dar dos pasos principales: darte de alta en Hacienda y con ello comenzar a pagar los impuestos correspondientes, y darte de alta en la Seguridad Social. 

El alta en la seguridad social, conlleva el pago de una cuota mensual que supera los 280, – € mensuales en 2020. Sin embargo, con la Tarifa Plana de autónomos, se ve reducido este importe a 60, – € al mes. Ello, como consecuencia de un plan de apoyo y fomento del autoempleo.

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A continuación, te explicamos el funcionamiento y reducciones adicionales:

  • Para autónomos de cualquier edad:

En caso de optar por la base mínima de cotización, se abona una cuota fija mensual de 60, – € al mes durante los 12 primeros meses. Si por el contrario, se opta por una base de cotización superior a la mínima, se podrá aplicar durante los 12 primeros meses una reducción del 80% sobre la cotización por contingencias comunes. 

Tras los 12 primeros meses de actividad del autónomo, se aplicará durante 12 meses adicionales desde la fecha de alta, la siguiente escala:

    1. Durante 6 meses: reducción de un 50% de la cuota.
    2. Durante los siguientes 3 meses: reducción de un 30% de la cuota.
    3. Durante los siguientes 3 meses al punto 1.2 .: bonificación de un 30% sobre la cuota.

 

Requisitos:

1.- Se aplicará a los trabajadores por cuenta propia o autónomos que se den de alta como tal por primera vez, o que no hubieran estado ya de alta en los 2 años anteriores.

2.- Para poder acceder a los 12 meses siguientes al periodo inicial, el trabajador autónomo deberá cumplir con los siguientes requisitos:

2.2. Estar empadronado en un municipio con menos de 5.000 habitantes,

2.3. Estar dado de alta en el Censo de Obligados Tributarios de Hacienda y desarrollar la actividad en un municipio con menos de 5.000 habitantes.

2.4. Mantener el alta autónomos y el censo en el municipio durante al menos 4 años desde el alta.

  • Para autónomos: mujeres menores de 35 años y hombres menores de 30:

Para los trabajadores autónomos que entren dentro de estas franjas de edad, además de los beneficios mencionados en el punto anterior, podrán aplicarse una bonificación que equivale al 30% sobre la cuota por contingencias comunes durante los 12 meses siguientes a la finalización del periodo máximo de disfrute de los mismos. Esta bonificación se aplicará sobre la base mínima de cotización vigente en cada momento. De esta forma, se contaría con bonificaciones durante 36 meses.

Tarifa plana para personas con discapacidad reconocida, víctimas de la violencia de género y víctimas del terrorismo:

Durante los primeros 24 meses, se les aplicará la cuota fija de 60€ mensuales cotizando por la base mínima, o un 80% de reducción en caso de optar por bases superiores.

A partir de estos 24 meses y durante 12 meses adicionales, se llevará a cabo una bonificación del 50% sobre la cuota mínima.

¿Cómo solicitar mi tarifa plana de autónomos?

La solicitud deberás hacerla en el mismo momento en que tramites tu alta en la seguridad social. 

Si lo prefieres, puedes dejarlo en nuestras manos pinchando aquí .

 

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